OFICINA DEL TRIBUNAL ECLESIASTICO
Emiliano P. Nafarrete No. 114,
Zona Centro, 87000
Cd Victoria, Tamps.
Teléfono: (834) 312 4922
Pbro. Lic. Roberto López Corchado
Vicario Judicial
Pbro. Lic. José Guadalupe Villanueva Sánchez
Defensor del Vínculo
Pbro. Lic. Ezequiel Morales Arellano
Promotor de Justicia
Lic. Gabriel Ruiz Sánchez
Notario
Pbro. Lic. Ramón Trejo Pesina
Perito
Pbro. Lic. Edgar Eduardo Jáuregui Vega
Perito
Información general sobre el proceso de nulidad matrimonial
- ¿Quienes pueden solicitar este proceso?
- ¿En la Iglesia se admite el divorcio?
- Entonces ¿cuándo la Iglesia declara nulo un matrimonio?
- ¿Cómo se declara nulo un matrimonio?
- ¿Si el Tribunal acepta una solicitud significa que lo va a declarar nulo?
- ¿Se puede programar matrimonio eclesiástico durante el Proceso?
- ¿Cómo empieza el Proceso?
- ¿El libelo o escrito que características debe tener?
- ¿Qué documentos se necesitan?
- ¿Se deben presentar testigos y que requisitos deben cumplir los testigos?
- ¿Hay algún costo para el Proceso de Nulidad Matrimonial?
¿Quienes pueden solicitar este proceso?
Únicamente quienes ya obtuvieron el divorcio civil y tienen duda fundada acerca de la validez de su matrimonio. Puede ser cualquiera de los cónyuges.
¿En la Iglesia se admite el divorcio?
Nuestra Madre Iglesia enseña que el MATRIMONIO ES INDISOLUBLE por lo cual ningún Tribunal Eclesiástico lo puede disolver es decir no se admite el divorcio. (Cfr. Cánones 1056 y 1141).
Entonces ¿cuándo la Iglesia declara nulo un matrimonio?
La iglesia declara NULO o INVALIDO el matrimonio religioso celebrado cuando comprueba que DESDE EL PRINCIPIO NO EXISTIO MATRIMONIO.
¿Cómo se declara nulo un matrimonio?
A través del TRIBUNAL ECLESISATICO COMPETENTE mediante un proceso jurídico. El Tribunal procede según normas establecidas, se basa en la veracidad de las PARTES, de los TESTIGOS presentados y de otras PRUEBAS libres de toda sospecha como son por ejemplo certificados médicos comprobantes y de peritos auténticos y fidedignos etc. Por los mismos, al presentarse su escrito debe ajustarse a hechos objetivos y verdaderos.
¿Si el Tribunal acepta una solicitud significa que lo va a declarar nulo?
Por el hecho de presentar el libelo acusando la Nulidad del Matrimonio, NO SIGNIFICA que ya sea Nulo, sino que se tiene solamente la base para investigar y por lo mismo el resultado puede ser «No consta la Nulidad del Matrimonio».
¿Se puede programar matrimonio eclesiástico durante el Proceso?
Las partes de ninguna manera pueden programar celebración del nuevo matrimonio canónico sin que antes conste que el matrimonio es nulo, mediante 2 sentencias conformes en el mismo sentido. No es posible delimitar el tiempo en que pueda tardarse el estudio del caso.
¿Cómo empieza el Proceso?
El Proceso empieza en PRIMERA INSTANCIA con la presentación del escrito de manera llamando técnicamente LIBELO (Canon 1504)
¿El libelo o escrito que características debe tener?
El Libelo no debe constar más de 7 páginas escritas a computadora (Arial 12) ( o en su defecto a máquina), tamaño carta a renglón seguido y doble espacio (entre cada párrafo), legible y con márgenes de tres centímetros de cada lado.
¿Qué documentos se necesitan?
- Acta de Nacimiento de ambos
- Acta certificada de Bautismo de ambos
- Acta de matrimonio ante la autoridad civil
- Copia de la presentación canónica
- Acta de divorcio civil
- Foto del día de la boda
- (Toda la papelería debe ser con fecha reciente)
¿Se deben presentar testigos y que requisitos deben cumplir los testigos?
Se requieren 4 TESTIGOS que deben ser personas dignas de crédito que conozcan el caso y a las dos partes. Pueden ser 2 familiares y 2 amistades, que tengan conocimiento del caso en el tiempo no sospechoso. Indicar nombres completos, dirección, número telefónico.
¿Hay algún costo para el Proceso de Nulidad Matrimonial?
El Tribunal Eclesiástico pide una cooperación económica para cubrir los gastos que ocasionan los Procesos Matrimoniales.